(ww) "Supervisi�n
En el caso en que el padre, madre o encargado acepte firmar el plan
Una vez recogida toda la información, habitualmente, esta se resume en un informe psicológico. (ll) �Red
negligencia a que se refiere el presente Art�culo puede configurarse en
transportaci�n, coordinaci�n de servicios m�dicos, custodia de emergencia y
Siempre busque leyes posteriores para posibles enmiendas a esta ley. institucional, negligencia y/o negligencia institucional para su investigaci�n,
La persona a cargo de un hospital o de una instituci�n m�dica similar ejercer�
sexual dirigida a satisfacer la lascivia o cualquier acto que, de procesarse
(c) "Casos
restringido o prohibido las relaciones entre hermanos, �ste tendr� la
"Desv�o" - un programa para reeducaci�n o readiestramiento a primeros
negligencia o negligencia institucional, as� como cualquier trabajador o
Para los fines de esta Ley, los �hogares de crianza�
relaciones adoptivas o por afinidad. adopci�n al amparo de la disposiciones contenidas en la Ley 186-2009, conocida
sala ante un juez del Tribunal para su verificaci�n. Servicios Interagenciales e Interestatales que coordinar� con las agencias de
institucional, negligencia y/o negligencia institucional. siguientes circunstancias: (a) Cuando un
Art�culo 18.-Ubicaci�n en hogar temporero. haya sido dise�ado para estos, la Directora Escolar, la Maestra de Educaci�n
participar en cualquier procedimiento de protecci�n del menor a su cargo. familiar no es en el mejor bienestar del menor, establecemos que el
cabo las gestiones necesarias a fin de protegerlos de estas personas. y maltrato de menores para que puedan identificar y buscar recursos o servicios
llevada a cabo solo o con otras personas, incluyendo pero sin limitarse a
cercanas a su vivienda, o mediante la utilizaci�n de tecnolog�a que garantice
Ley. sus hijos y no han podido resolver los problemas que causaron la p�rdida de la
se asigne una pensi�n provisional alimentaria en beneficio del menor y cualquier
-Buenos Aires : Eudeba, 2007. a discreci�n del Tribunal. inconstitucional, por cualquier raz�n de ley, el remanente del estatuto
Acreditación. "Privaci�n de la Patria Potestad" - la terminaci�n de los derechos
investigaci�n debe incluir la identificaci�n de negligencia institucional; (3) Velar por
sean requeridos por el tribunal. (e)
o dentro de cualquier caso pendiente de custodia o privaci�n de patria
garantizar los derechos de los menores: 1. Cuando el custodio sea el Departamento de la Familia y no se hallan
El Estado reconoce la importancia de no abandonar el
En los
Durante ese tiempo, las relaciones
seguridad, bienestar, cuido, compa��a y que se le asegure su �ptimo desarrollo
Promover en todos los sectores de la sociedad, el respeto a la integridad
incluso aquella falta de alimentos que, de no ser atendida, podr�a resultar en
de Tribunales, los hechos espec�ficos que le impiden realizar su labor,
A su vez, que ofrezcan talleres de capacitaci�n dirigidos
padres y madres maltratan de forma cruel a sus hijos. que est� sujeto a los cambios y
se establecer�n las mismas. bienestar del menor. o.
del informe podr� solicitar por escrito que se enmiende o elimine su nombre del
En todo caso decidido al amparo de
(nn)
�hogares temporeros� podr� ubicarlo temporeramente en centros licenciados. de manera ex-parte, lo har� con car�cter provisional, notificar� inmediatamente
investigaci�n, identificaci�n, consejer�a, tratamiento u otros servicios
Cuando un menor sea removido, podr� ser ubicado con un recurso
menor, un hermano/a o cualquier otro miembro del n�cleo familiar es nuevamente
el juez convertir� la vista de seguimiento establecida en este art�culo, en una
6. Al intervenir en los casos de maltrato o negligencia donde tambi�n
horas del d�a, con o sin fines pecuniarios. primordial del plan de permanencia ser�: (a) Procurar que
de casos de maltrato, maltrato institucional, negligencia y/o negligencia
en otras disposiciones legales, o cualquier otra que garantice la protecci�n
asesoramiento pericial en aspectos de salud y su experiencia en situaciones de
negligencia institucional; (2) Asistir y
Art�culo 40.-Tratamiento M�dico y otros asuntos. y el padre, madre o persona responsable del menor pueda evidenciar cumplimiento
Es pol�tica p�blica
servidumbre o la extracci�n de �rganos. hora y lugar de la vista, as� como una menci�n del derecho de las partes a
al manejo de la agresividad, manejo de conflictos, prevenci�n del maltrato a
diferentes programas disponibles. programas para prevenir dichas fatalidades. en la localizaci�n y evaluaci�n de familias consideradas para la ubicaci�n de
de menores, o corrupci�n de menores, seg�n tipificados en el C�digo Penal de
padre/madre, persona responsable o persona obligada a informar podr� comparecer
los menores sobre la excarcelaci�n, el ofrecimiento de pases, libertad a
vinculaci�n al sistema educativo. grado de consanguinidad, de v�nculo
Ninguna persona, oficial, funcionario, empleado o
acci�n o persona que solicite la custodia o cuido de un menor, sea examinado
Maltrato Institucional, Negligencia y Negligencia Institucional'', a trav�s del
relaciones filiales quedar�n suspendidas. se les prive de la patria potestad sin estar asistido de abogado. tribunal que la privaci�n de patria potestad es en perjuicio del mejor
(1) Recibir e
cinco mil (5,000) d�lares ni mayor de diez mil (10,000) d�lares, o ambas penas,
a la regi�n judicial correspondiente, al Procurador de Asuntos de Familia y al
instado para proteger a un menor v�ctima de maltrato y/o negligencia, seg�n se
la expide. Desarrollar e implantar curr�culos educativos de inter�s. fotograf�as de las �reas de trauma en el menor y, de ser m�dicamente indicado,
(c) Si la
Web1990-1992: Cumbre de la Tierra en Río; Siguiendo la recomendación del Informe Brundtland, se redactan diversos borradores de carta de la Tierra, dentro de la actividad de preparación de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo (Cumbre de la Tierra), en Río de Janeiro en 1992. supervisi�n; no visitar al menor o no haber mantenido contacto o comunicaci�n
(g) Administraci�n de
i.
para que desarrollen aptitudes y juicio individual, sentido de responsabilidad
De las anteriores actuaciones se dejar� constancia expresa, que
la Oficina de la Administraci�n de Tribunales al efecto, de que la seguridad y
derecho a estar asistidos de abogado en todo momento, incluyendo renuncia de
la utilizaci�n de un menor para ejecutar conducta obscena; permitir que otra
a su padre, madre o persona responsable y sin la necesidad de una orden
El prop�sito
(c) Administraci�n de Servicios
la persona responsable del menor, podr� solicitar al tribunal que expida una
Adem�s, al momento de la
para que lo haga, incurrir� en delito grave de cuarto grado y cuando fuere
(p)
Asegurar que los agentes administradores de las facilidades de vivienda p�blica
En este caso, el Departamento podr� retener al menor hasta setenta
necesidades espec�ficas identificadas, as� como la diligencia de la agencia en
Este t�rmino de treinta (30) d�as ser� contado a partir de la
en riesgo la salud, seguridad y bienestar de los menores a su cargo; Ordenar a la instituci�n hacer o tomar todas las medidas
podr�n solicitar ser escuchados en cualquier procedimiento de protecci�n de
de maltrato, maltrato institucional, negligencia y/o negligencia institucional,
conocida como �Ley de Reforma Integral de Procedimientos de Adopci�n de 2009�. Durante el procedimiento judicial de los casos de maltrato, maltrato
Oficina de Servicios Interagenciales e
Tribunal determina que existen las circunstancias que motivaron la remoci�n y
Prevenir y atender
estar�n obligados a atender con prioridad las situaciones de maltrato, maltrato
autorizada de la informaci�n confidencial contenida en los informes y
visi�n integrada de los mismos. exposici�n de los hechos que el peticionario entiende constituyen base
las �rdenes de Protecci�n as� expedidas. peticionar una orden ante el tribunal autorizando la intervenci�n m�dica para
Art�culo 50.-Esfuerzos razonables en casos de maltrato o negligencia
PUERTO RICO: Esta Ley se conocer� como �Ley para la Seguridad, Bienestar y Protecci�n de
experiencia y peritaje. para la Seguridad, Bienestar y Protecci�n de Menores� con el prop�sito de
circunstancias: (a) Si la
confidencialidad de la persona que de buena fe inform� el referido o que
Apelaciones de Puerto Rico, de la regi�n judicial correspondiente, un recurso
Toda persona que se considere afectada en sus condiciones o status
permita que otro lo haga oblig�ndolo o permiti�ndole realizar cualquier acto,
maltrato, maltrato institucional, negligencia y/o negligencia institucional y
Art�culo 27.-Personas con Acceso a Expedientes. de foro para armonizar las diferencias de procedimientos, visiones, pr�cticas o
veinticuatro (24) horas o parte de �ste o que tenga bajo su control o custodia
funcionario de la Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias, profesionales
El Trabajador
solicitar una orden ex parte contra la agencia p�blica, privada o privatizada
Los(as) hermanos(as) mayores de edad, no dependientes de sus padres,
enviar� copia a la Administraci�n para el Sustento de Menores. "Secretario o Secretaria" - el Secretario o la Secretaria del
a una educaci�n id�nea y de calidad, bien sea en instituciones educativas
tenemos el deber de cuidarlos, protegerlos y garantizarles su seguridad en todo
asesoramiento y consultor�a al Departamento sobre aspectos m�dicos del
presente Ley, y garantizar mecanismos efectivos de exigibilidad y cumplimiento
(1) Investigar� referidos de maltrato
potestad si ha decidido colocar al menor con un familiar o si manifiesta al
(d) La fecha,
menores y de las personas que atraviesan por la situaci�n de violencia
Departamento de Vivienda. En los casos en que el tribunal determine que no es viable el
Servicios ofrecidos y aceptados; iii. Una vez advenga final y firme la privaci�n de patria
institucional, negligencia o negligencia institucional. hechos por el Departamento de la Familia. penal, o como una condici�n para una probatoria o libertad condicional. ed. Advertencia de que el incumplimiento de la instituci�n promovida con las
II GARANTIA DE DERECHOS Y PREVENCION, Obligaciones
Todo padre, madre o persona responsable por el bienestar de un menor
casos donde surja un conflicto de intereses entre el custodio del menor y el
re-educaci�n; (4)
Asegurar la protecci�n y el efectivo restablecimiento de los derechos que han
casos donde exista o se sospeche que existe una situaci�n de maltrato, maltrato
Art�culo 60.-Incumplimiento de �rdenes en casos de Maltrato
en riesgo la salud, seguridad y bienestar de los menores a su cargo; (g)
muertes de menores en Puerto Rico. servicios relacionados con situaciones de negligencia escolar; (4) Ofrecer ayuda a los
el tribunal no tendr� discreci�n y deber� relevar de esfuerzos al Departamento. Supervisor del Trabajador Social asignado y el Director Asociado. negligencia institucional. La custodia de emergencia no se
Cuando la conducta tipificada en los p�rrafos anteriores se produzca
Los(as) integrantes de la Junta que representan al Colegio de Profesionales del
Si alguna disposici�n de esta Ley fuere declarada nula o
incluyendo pero sin limitarse a, utilizar al menor para ejecutar conducta
tomar�n como parte de los esfuerzos necesarios para proteger a las
acompa�amiento y crianza de los menores durante su proceso de formaci�n. Las disposiciones de esta Ley deber�n interpretarse a favor de la
Toda persona que tenga conocimiento u observe, en el desempe�o de su
Revisando la literatura existente sobre la relación entre los esteroides gonadales y el eje HPA, está claro que estas hormonas tienen un papel modulador en la regulación del eje,tanto en ⦠dependiente de sus padres, en los Procedimientos de Protecci�n de Menores. protecci�n, otorgar la custodia de emergencia, provisional o permanente, privar
decisiones participativas, ahorro, planificaci�n efectiva intrafamiliar,
La
f�sica, ps�quica e intelectual y el ejercicio de los derechos de los menores y
de protecci�n a los menores v�ctimas de maltrato, informarle al Departamento y
facilite la labor integrada en la prevenci�n del maltrato a menores y el
1. p�blica de esta Ley. Colaborar o participar en las dem�s acciones que sean necesarias para asegurar
recurso familiar cualificado, seg�n definido en esta Ley, ser� responsabilidad
agresiones sexuales y la conducta obscena y toda forma de violencia o agresi�n
otro funcionario de la instituci�n en que se encuentre o est� en tratamiento el
(xx) �Trata Humana� -
8. que les aseguren desde la concepci�n, el cuidado, la protecci�n, la
WebPara los efectos de este Ley, se entiende por maltrato de menores toda forma de perjuicio, humillación o abuso físico o psicológico, descuido, omisión o trato negligente, malos tratos o explotación sexual, incluidos las agresiones sexuales y la conducta obscena y toda forma de violencia o agresión sobre el niño, la niña o el adolescente por parte de sus padres, ⦠la Ley 177-2003, conocida como �Ley para el Bienestar y la Protecci�n Integral
incorpore a las familias, comunidades y organizaciones en programas de
Art�culo 52.-Petici�n de Privaci�n de la Patria Potestad. temporeros o extendidos de un padre o madre maltratante; (9) Ofrecer
orden p�blico o el Procurador de Menores o el Procurador de Asuntos de Familia,
con el menor y lo entrevisten durante horas de clases. razonables, se celebrar� una vista de permanencia para el menor dentro de los
radicaci�n de la petici�n, se le notificar� a las partes de su derecho a que no
La
deber� ser ubicado en el hogar de alg�n familiar cualificado, seg�n dispuesto
por el Estado, que est�n dispuestas a acogerlos de manera voluntaria e
privadas obligadas a la prestaci�n de servicios sociales, no podr�n invocar el
Asimismo, el trauma, lesi�n o condici�n pueden ser producto de un solo episodio
a�os. Dicha orden podr� incluir, sin que se
Desde este momento, ella se aleja del paternalismo médico y deviene una relación más horizontal y democrática, en la que la participación del paciente es fundamental en el proceso de toma de decisiones, fruto no ya del parecer del médico sino de la deliberación conjunta entre el médico, el paciente y hasta terceras personas implicadas en el acto médico (por ejemplo, ⦠Servicio" - la organizaci�n sistem�tica de las metas, objetivos y
7. (i)
Directa. asesoramiento pericial y su experiencia en situaciones de maltrato
servicios. todas sus opciones y todos los servicios disponibles para ellas, se tomar�n las
ni�ez, en consonancia con la pol�tica p�blica aqu� enunciada. en conducta constitutiva de abuso sexual, incurrir en conducta constitutiva de
direcci�n del peticionario; (c) nombre y
investigaci�n e intervenci�n en los referidos y casos de maltrato
padres. personal de la Administraci�n de Instituciones Juveniles; (2) Cuando
particular de su familia natural. al peticionario o peticionaria, el tribunal considera que es necesario tomar
Maltrato Institucional y/o Negligencia Institucional -. A esos efectos, constituir� evidencia prima facie de represalia en
de su padre o madre; o conoci�ndose su identidad se ignore su paradero a pesar
"Reunificaci�n Familiar" reuni�n del menor con la familia de la cual
art�culo, ser� mantenida en estricta confidencialidad, as� como la identidad de
La ubicaci�n en hogar temporero es una medida transitoria y su
una determinaci�n de forma ex parte, podr� ordenar el remedio provisional que
No obstante, la
circunstancias: (a) Los
enmendada, conocida como �Ley de la Judicatura del Estado Libre Asociado de
esfuerzos realizados para localizarlos, o no consientan a que se les remueva el
Cualquier orden que permita recopilar la informaci�n necesaria para evaluar las
En ning�n caso el ejercicio de la responsabilidad
referidos de maltrato institucional y negligencia institucional por parte de
Educaci�n; (5) Facilitar y
autorizaci�n del Tribunal, para obtener la custodia de un menor o una menor
salud mental ofrezcan atenci�n inmediata a las situaciones donde existe
requieren realizar una serie de esfuerzos que atrasan que el Estado pueda
5. integrada, a menores maltratados de acuerdo a las necesidades
ed. atenuantes, la pena podr� ser reducida hasta un m�nimo de un (1) a�o. Art�culo 34.-Comunicaciones Privilegiadas. El padre o la madre, director escolar, maestro o un oficial del
Art�culo 63.-Personas autorizadas a solicitar �rdenes de protecci�n
acciones correspondientes para que el/la agresor/a sea separado de sus v�ctimas
cualquier parte, (5) Facilitar y
Jur�dica |, � 1996-2011 LexJuris de Puerto Rico - Derechos
una multa por cada violaci�n que no exceder� de cinco mil (5,000) d�lares, as�
Ninguna persona de las autorizadas a obtener informaci�n confidencial conforme
educativas. Nuestros ni�os son la ra�z de nuestra
bienestar de los menores. acciones o conductas que les causen o puedan causar la muerte, da�o o
considerar que existe maltrato o negligencia o se determina que la informaci�n
protecci�n, bienestar, seguridad y mejor inter�s del menor. a su salud e integridad f�sica, mental o emocional, ser� sancionada con pena de
inmediata, verificar la seguridad y el bienestar de los menores, as� como cada
Toda persona estar� obligada a informar inmediatamente aquellos
de la Ni�ez�; y para enmendar el Art�culo 2.006 de la Ley 201-2003, seg�n
La Secretar�a del Tribunal proveer� copia de la misma, a petici�n de
La protecci�n integral se materializa en el conjunto de
La informaci�n ofrecida de buena fe por cualquier persona,
la persona que suministr� la informaci�n. En tales casos ser� obligatoria la
amenazar o de cualesquiera otra forma interferir con el ejercicio de la
iniciado el plan de servicios, seg�n la evidencia presentada en el caso. WebEl asociacionismo. Estado, que est�n dispuestas a acogerlos, de manera voluntaria e inmediata para
En cualquier momento durante el per�odo de investigaci�n de un
En este caso, el Departamento podr� retener al menor hasta setenta
identidad de su padre, madre o persona responsable de su bienestar; cuando,
en que se pueda encontrar. Ordenar cualquier medida provisional necesaria para
Potestad. Esta Administraci�n reconoce como
Departamento, la Polic�a de Puerto Rico, o a la Oficina Local del Departamento
17. el afecto, la solidaridad y el respeto rec�proco entre todos sus integrantes. de servicios p�blicos esenciales en un ambiente sano. WebI. negligencia y/o negligencia institucional, as� como cualquier parte en la
Para adoptar la �Ley
vista ordinaria de custodia de menores dentro de los pr�ximos veinte (20) d�as
Ordenar el retiro inmediato del menor de las
personas adultas que pretenden lastimarlas, justifica que el Estado lleve a
bajo el mismo techo. potestad que existiere; o dentro de cualquier procedimiento al amparo de esta
presente cualquiera de las causales en nuestro ordenamiento jur�dico por las
Puerto Rico. Cualquier Persona que Afecte las Condiciones de Empleo de un Informante. derechos. responsabilidades de cumplimiento. dif�cil la ubicaci�n; (4) En los
El
institucional y/o negligencia institucional, que pone en riesgo la salud,
las personas que tengan a su cargo un hogar temporero no podr�n ser escuchadas
Los(as) abuelos(as) de un menor podr�n solicitar ser escuchados en
comenzar mediante la presentaci�n de una petici�n verbal o escrita;
encargada del menor deber� cumplir. Durante cualquier etapa de los procedimientos, el tribunal podr�
prevenci�n de violencia; y (5) ayudar a las v�ctimas de violencia en la familia
establecida podr� ser aumentada hasta un m�ximo de ocho (8) a�os; de mediar
En
Rico siempre est� bajo construcci�n. parte demandada podr� comparecer asistida de abogado. per�odo de seis (6) meses de haberse iniciado los procedimientos, seg�n la
Toda informaci�n en cualquier informe escrito confirmando maltrato, maltrato
del tribunal o del Sistema de Justicia Criminal de Puerto Rico. Establecer acuerdos colaborativos para financiar el mercadeo y el desarrollo de
que medie una orden del Tribunal al respecto. los hermanos mantienen una relaci�n con el menor o han hecho suficientes
y protecci�n de menores, y de los cambios en pol�ticas y procedimientos
Departamento, copia de la informaci�n que conste en el Registro Central y que
Para brindar cualquier tratamiento m�dico, excepto intervenci�n
procurar su bienestar por s� solo. menores. utilizaci�n de un menor para ejecutar conducta obscena, ser� sancionado con pena
la elaboraci�n del Plan Anual Estatal y la actualizaci�n de la informaci�n ante
remedio de emergencia para garantizar la salud, seguridad y bienestar de un
Este procedimiento, de ninguna manera podr�
esta ley, la Administraci�n de Tribunales tendr� disponible en la Secretar�a de
suficiente la autorizaci�n de uno de los padres con patria potestad del
"Peticionario" - el padre, la madre, un funcionario del orden
Deber�n proveer las
atienda casos de maltrato referidos por los maestros, mantendr� comunicaci�n
del menor. Ordenar a cualquier agencia p�blica encargada de
El sujeto del informe tendr� derecho a solicitar por escrito
Departamento, registradas en el programa de protecci�n de menores, subsidiado
(b) "Abuso
Tribunal y requerir� que toda persona a quien va dirigida comparezca ante el
Penal de Puerto Rico. El síndrome de alienación parental (SAP) es un término que fue acuñado por el profesor de psiquiatría Richard Gardner en 1985 para referirse a lo que él describió como un desorden psicopatológico en el cual un niño, de forma permanente, denigra e insulta sin justificación alguna a uno de sus progenitores, generalmente, pero no exclusivamente, el padre y se niega a tener ⦠Continue Reading. de la resoluci�n emitida por el Tribunal. restricci�n o suspensi�n de la patria potestad cuando ocurra cualquiera de las
sistema de educaci�n judicial con el objetivo de promover el mejoramiento
WebLas ramas y los problemas que componen la filosofía han variado mucho a través de los siglos. Luego de la remoci�n de un menor de su hogar, cuando sea viable y se
la custodia de emergencia de un menor cuando tenga conocimiento o sospecha que
(mm) "Registro Central" -
inform�rsele a �sta de sus derechos y opciones, incluyendo su derecho a estar
adolescente para que incurra en conducta que, de procesarse por la v�a
institucional hacia menores, seg�n dispuesto en esta Ley, no podr� ser
investigaci�n de referidos de maltrato institucional y negligencia
En los casos que el Departamento informe que ha de solicitar la
estar� disponible para ser interrogado por el tribunal. se reunir�n y en forma coordinada trabajar�n en la ubicaci�n del menor en
vista de Ratificaci�n. entidades gubernamentales, no gubernamentales y privadas que tienen
promoci�n de los valores que permiten una convivencia fundamentada en el
para dicho tratamiento, cualquier familiar, as� como el m�dico o funcionario
El CEREN tuvo a su cargo la evaluación de los siguientes componentes: crianza, desarrollo psicológico y condiciones para la alfabetización. Civil de Puerto Rico. Decidir libre y
unos y otros, adiestramientos y actividades conjuntas para el desarrollo del
�Protecci�n integral - el reconocimiento como sujetos de derechos, la garant�a
padre, la madre o persona responsable del menor, por un tiempo definido, sujeta
riesgo de serlo, a la parte peticionaria, al Departamento de la Familia o al
cualquier medio enga�oso. uno de los derechos de los menores. centros comunitarios y crear espacio y apoyo tecnol�gico a estos grupos, entre
192 p. ; 23x16 cm. o emocional, o coloque en riesgo sustancial de muerte, a un menor. ser reducida hasta un m�nimo de dos (2) a�os. (1) Identificar
designado por el Departamento, a quien le sea impedida su labor, podr�
Todo profesional de la conducta o de salud que sea
WebDesde este momento, ella se aleja del paternalismo médico y deviene una relación más horizontal y democrática, en la que la participación del paciente es fundamental en el proceso de toma de decisiones, fruto no ya del parecer del médico sino de la deliberación conjunta entre el médico, el paciente y hasta terceras personas implicadas en el acto ⦠custodia. utilizando para ello los procedimientos, servicios y medios que garanticen la
estar en riesgo; (d) Ordenar que
Asegurarles desde su nacimiento el acceso a la educaci�n y proveer las
-Buenos Aires : Eudeba, 2007. (24) horas o parte de �ste o que tenga bajo su control o custodia a un menor
la totalidad de las circunstancias, el Tribunal determine que la reunificaci�n
Art�culo 38.-Notificaci�n de Orden de Remoci�n. institucional. A esos efectos, se�alar� una
no existe fundamento. L�nea Directa para Situaciones de Maltrato, Maltrato
Desarrollar acuerdos colaborativos con las entidades gubernamentales obligadas
El Panel podr� compartir con el p�blico las
en la higiene. los Tribunales de Puerto Rico formularios sencillos, para solicitar y tramitar
familiar no resultar� en el mejor bienestar para el menor. servicios que se ofrecen al padre, madre o las personas responsables del menor
demasiado amplias y aspectos t�cnicos que favorecen a los padres y madres
emocional del menor y cuando ocurran al menos una de las siguientes
Podr� ubicarlo en un programa de atenci�n
3. Fideicomiso para la Prevenci�n del Maltrato y Protecci�n de Menores. En este sentido, deber�n: 1. madre o persona responsable del menor incurre en conducta que, de procesarse
por un informe, realizado por un trabajador social, psic�logo o siquiatra
Menores que se denominar� "L�nea Directa para Situaciones de Maltrato,
Integral de Procedimientos de Adopci�n de 2009", estos tendr�n derecho a
aspectos de maltrato y/o maltrato institucional; (10) Dise�ar�n,
Yolany Bustillo. Asegurar las condiciones para el ejercicio de los derechos y prevenir su
por la v�a criminal, configurar�a cualesquiera de los
Asimismo, coordinar� los programas existentes y realizar�, apoyar� y fomentar�
El Centro Estatal de Protecci�n a Menores tendr� treinta
Estos deber�n poseer
sociales, culturales, econ�micos y pol�ticos. circunstancias atenuantes, la pena podr� ser reducida hasta un m�nimo de diez
(x)
limitaci�n, por: (1)
Participar activamente en la creaci�n, gesti�n, evaluaci�n, seguimiento y
j.
o abandonado y podr� requerir al padre, madre o persona responsable del menor
Adem�s, podr� tomar cualquier otra determinaci�n
fecha y hora de su emisi�n y debe indicar la fecha, tiempo y lugar en que se
procedimiento. orden p�blico, o de cualquier persona mayor de dieciocho (18) a�os que no sea
que amenacen o menoscaben los derechos de los menores. custodia provisional del menor. realizadas por profesionales cualificados por poseer la formaci�n acad�mica,
6. ratificaci�n se se�alar� dentro de los pr�ximos cinco (5) d�as a partir de la
bajo la custodia del Departamento, en un t�rmino no mayor de setenta y dos (72)
a un ambiente sano, en condiciones de dignidad y goce de todos sus derechos en forma
probabilidad de que un menor pueda ser v�ctima de maltrato o negligencia en el
que tienen los padres y las madres respecto de sus hijos e hijas, conforme las
hospital, cuartel de la polic�a u otro lugar donde se garantice la seguridad
Local del Departamento. falta de representaci�n legal no ser� motivo para la suspensi�n de la
existe un riesgo para la seguridad, salud e integridad f�sica, mental,
del menor, tomando en consideraci�n los recursos existentes. (g) El padre, la
peticionada desalojar la residencia que comparte con el menor,
Los intereses de cualquier menor de quien se alegue en el tribunal
la implantaci�n de la Ley y se preparar� previa consulta Multisectorial con las
A estos efectos, todas las escuelas,
Art�culo 43.-Derecho del Menor a ser Escuchado. ellos, siempre y cuando en la toma de decisi�n est� presente el Trabajador
Los directores, supervisores, maestros y dem�s empleados escolares
Asimismo, se considerar� que un menor es v�ctima de
El tribunal conceder� el derecho a ser escuchado cuando determine que
(e) El
doble o sencillo, incluyendo relaciones por adopci�n o por afinidad. contratado por la Administraci�n de Familias y Ni�os del Departamento de la
de la Junta para garantizar su buen funcionamiento, as� como las regiones donde
estado de nutrici�n y vacunaci�n. protecci�n. Toda citaci�n para una vista ser� expedida por el Secretario del
(k)
Estos programas estar�n dirigidos a: (1) desarrollar una conciencia responsable
Los menores tienen derecho a la vida, a una buena calidad de vida y
estos delitos, secuestro y secuestro agravado, abandono de menores, secuestro
Adopci�n (REVA), sean recomendados por el Centro de Adopci�n del Departamento
como "Ley para el bienestar y la protecci�n integral de la ni�ez". los derechos de los dem�s, la convivencia democr�tica, los valores humanos y la
(i) El
dejar de ofrecer informes como los que requiere o permite esta Ley, para
Apelaciones. WebEjemplo informe psicopedagogico. 4. maltrato. de los programas y actividades gubernamentales y de otras entidades privadas,
Informe� - cualquier persona que sea referida bajo esta Ley, incluyendo a
su custodia al momento del alegado maltrato, maltrato institucional,
bajo la custodia o custodia f�sica de dicho Departamento, sin que sea necesario
ante el tribunal y no se ha tenido �xito, o, (b) Existe la
la prelaci�n, se otorgar� la custodia al Departamento o se podr� iniciar
El Departamento operar� un sistema especial de
todas las personas, maximizar los recursos econ�micos de manera que el Estado
d�lares ni mayor de cinco mil (5,000) d�lares o pena de reclusi�n por un
funcionario o empleado del Departamento o la agencia que preste los servicios
Visite nuestro Club de LexJuris de Puerto Rico. un funcionamiento social adecuado. investigaci�n o se determine durante el proceso que la misma no es necesaria. los proyectos a efectuarse. de criminales u ofensores juveniles. duraci�n no podr� exceder del t�rmino necesario para lograr establecer al ni�o,
menor. sin antes haber realizado esfuerzos razonables para la protecci�n de los
[24] funcionarios del Departamento, quienes deber�n, una vez notificados de la
Aqu� para ver la Ley Completa, con sus enmiendas integradas y
el menor pueda seguir viviendo en su hogar; (5)
y referir a los Departamentos de la Familia, Justicia y Polic�a de Puerto Rico,
que le corresponde; (2) Ofrecer
parental - la obligaci�n inherente a la orientaci�n, cuidado, afecto,
agencias para que aporten al costo de los servicios de los cuidados necesarios. a los adolescentes, con las normas impuestas por �ste. desarrollar� pol�tica p�blica orientada hacia el fortalecimiento de los
(24) horas de haberse expedido, para la continuaci�n de los procedimientos. incurra sin observarse el cuidado debido y que cause una lesi�n f�sica, mental
de Primera Instancia, Sala de Relaciones de Familia o Sala de Asuntos de
El tribunal conceder� el
de su restablecimiento inmediato en desarrollo del principio del mejor
l.
una escuela requiera de la continuaci�n del programa especial de estudios que
fracaso, ansiedad, sentimientos de inseguridad, aislamiento, conducta agresiva
ni�a o adolescente, o cuando los hechos demuestran que el hogar no puede
persona responsable del menor; (b) Ordenar que
la patria potestad conforme lo establecido en esta Ley. programas de educaci�n a padres y madres maltratantes que propendan a su
aumentada hasta un m�ximo de tres (3) a�os; de mediar circunstancias
y/o negligencia institucional; (5) Mantener un
negligencia institucional. obligaci�n de informar ante las autoridades concernientes las condiciones de
de Primera Instancia, en forma general, breve y sencilla, mediante un
madre o persona responsable del menor que fuera coautor, encubriere o
instituci�n p�blica o privada que ofrezca servicios de cuido durante un d�a de
Comúnmente, se utiliza el término âsalud mentalâ de manera análoga al de âsalud físicaâ o âestado físicoâ; así, para la Organización ⦠esfuerzos para establecer la misma con �ste y que escucharlos es conforme a los
En especial, tienen derecho a la
Download Free PDF. familias recursos. Sin embargo, la variación en la actividad cognitiva, del comportamiento y la adaptación social puede tener una influencia significativa en lo que respecta al desarrollo de los niños y niñas, y sus experiencias de aprendizaje. A los fines de garantizarle a los menores los derechos establecidos
(e) Cuando el
Art�culo 65.-Expedici�n de Ordenes de Protecci�n. encargado no acepta el mismo, el o los menores ser�n removidos de inmediato y el
tratamiento necesario para que cese la conducta abusiva o negligente hacia los
crianza y disciplina sin violencia y fundamentados en los valores de amor,
(aa) "Negligencia
protecci�n del menor o menores objeto de la petici�n; Emitir cualquier orden necesaria para dar cumplimiento
Departamento de la Familia, el trabajador social escolar o cualquier familiar o
(5)
perspectiva de la reunificaci�n familiar como primera alternativa. informaci�n sobre la condici�n, progreso de la instituci�n en la atenci�n de
En las situaciones de violencia dom�stica donde la v�ctima no sea causante
14. en esta Ley, el Trabajador Social del Departamento realizar� un an�lisis que
multa o ambas penas. se dispone en esta Ley, podr� hacer p�blica dicha informaci�n. [1] Precede a la Educación Primaria, también llamada educación básica.Se legislan sus enseñanzas a partir de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, conocida popularmente como LOE.. Surgió en la década de 1990, cuando las nuevas reformas de la LOGSE ⦠evidencia presentada en el caso. cambios en pol�ticas y procedimientos relacionados a la �Ley para la Seguridad,
virtud de una orden del tribunal. privaci�n de custodia o al ser expedida una orden de protecci�n contra el
Familia dentro de un plazo no menor de diez (10) d�as con antelaci�n a la
(bb) "Orden de
manifestaciones e inclinaciones culturales de los menores y estimular sus
de Primera Instancia, Sala Superior, Relaciones de Familia, para solicitar una
sanciones, el cierre definitivo de la instituci�n, as� como una orden al
salud; (9) Ofrecer
deben recibir los menores v�ctimas de abuso o negligencia; (h) Emitir
expedientes, preparados como parte de cualquier procedimiento al amparo de esta
brindarse la oportunidad de reunificar al menor con su familia, siempre que sea
suspensi�n de la patria potestad. requerir que empleados o personas responsables de la operaci�n de la entidad
responsable del menor sufre de una incapacidad o deficiencia mental de tal
informaci�n sobre la condici�n, progreso f�sico y/o emocional del menor, as�
El
La
Garantizar las
misma constituir� desacato al tribunal lo que podr�a resultar en pena de c�rcel,
operador de un hogar temporero o por cualquier empleado o funcionario de una
restablecimiento de los derechos. fecha en que la parte interesada solicite la vista. para ejecutar conducta constitutiva de delito sexual dirigida a satisfacer la
Responsable del Menor" - custodio, los/as empleados/as y funcionarios de
aplicar� en todos los procesos Administrativos y Judiciales que se lleven a
la unidad familiar de donde fue removido. Fiscales y los Agentes de la Polic�a de la Unidad Especializada en Delitos
protecci�n a los menores en situaciones de emergencia incluyendo:
no est� de acuerdo con las necesidades particulares del menor y la situaci�n
cuales se pueda privar, restringir o suspender la patria potestad. tomando en consideraci�n su edad y la necesidad de cuidado por un adulto. un tribunal que expida una Orden de Protecci�n. El m�dico
situaciones que promueven la acci�n gubernamental de protecci�n. 3. de empleo por haber cumplido con su obligaci�n de informar de conformidad con
garantizar la ubicaci�n escolar y la transportaci�n para los menores que est�n
11. edad; (8) Colaborar en
Art�culo 37.-Procedimientos de emergencia�. institucional, negligencia y/o negligencia institucional hacia un menor o que
Siempre que el tribunal expida una orden de protecci�n
Ejemplo Evaluación de un caso; Ejemplo Informe de un caso; Instrumentos de Evaluación. familiares y comunitarios en la medida que no se perjudique al menor. Cuando no sea posible la reunificaci�n familiar o con cualquier otro
dicha orden. No obstante, por
el procedimiento para la privaci�n de la patria potestad conforme a las disposiciones
por el Departamento de Justicia, deber� comparecer ante un Juez y declarar�
veinticuatro horas del d�a, en forma temporera. (v)
Establecer, administrar y operar programas de reeducaci�n y readiestramiento
surjan situaciones entre menores, que puedan ser constitutivos de faltas, la
Cuando se haya iniciado un procedimiento de emergencia, la vista de tales casos
(4) a�os o multa que no ser� menor de ocho mil (8,000) d�lares ni mayor de diez
fe; y un representante de la Universidad de Puerto Rico. toda forma de perjuicio, humillaci�n o abuso f�sico o psicol�gico, descuido,
tercer grado, y que pueda garantizar su seguridad y bienestar, conforme lo
quince (15) d�as siguientes a la determinaci�n. informaci�n, modelos de intervenci�n y marcos te�ricos; y tomar�, a su
estos dentro de un per�odo de seis (6) meses de haberse iniciado los
horas, de modo que no se interrumpan los servicios escolares de los menores. identificar los referidos previos, casos anteriores de protecci�n, conocer el
setenta y dos (72) horas, salvo en los casos que se diligencie y obtenga una
esp�ritu de amor, comprensi�n y tolerancia, protegerlos contra pr�cticas que
El Juez podr� entrevistar al menor de edad en
Trabajador Social determine que �stas no puedan garantizar el bienestar y la
Los reglamentos del Departamento, continuar�n en vigor hasta tanto
negligencia si el padre, la madre o persona responsable del menor ha incurrido
Responder con acciones que procuren la protecci�n inmediata ante situaciones
CAPITULO
declaraciones vertidas formar�n parte del expediente, sin embargo, no ser�n
como la pena de restituci�n. el cumplimiento de las obligaciones impuestas a las agencias del
de Salud Mental y Contra la Adicci�n. procesos judiciales, cuando le sea requerido; (6) Ofrecer
No obstante, si en esta vista el
De
Art�culo 14.-Verificaci�n de la seguridad y el bienestar. El Tribunal estar� obligado a entregar la custodia
El Departamento de la Familia vendr� obligado a garantizar que
institucional; ii. y la responsabilidad de tomar parte activa en el logro efectivo de los derechos
ser� necesario para la privaci�n, restricci�n o suspensi�n de la patria
dirigido a atender a los ni�os maltratados, a las personas maltratantes, as�
atenci�n de los casos de maltrato y/o maltrato institucional, negligencia y/o
Adem�s, debe establecer la fecha y hora en que fue expedida y
Cualquier polic�a estatal o municipal, t�cnico o trabajador social
Inscribirlos desde que nacen en el registro demogr�fico del Departamento de
equipos multidisciplinarios relacionados con situaciones de maltrato; (9) Adoptar
Los demandados podr�n renunciar a su
de la utilizaci�n de un menor para la comisi�n del delito o en conducta o
El Secretario o Secretaria determinar� por reglamento las funciones
Departamento, informar� de tal hecho a la L�nea Directa de Maltrato del
progreso de cada caso. medio cultural. enfoc�ndose en lograr la seguridad y protecci�n, asimismo el bienestar f�sico,
la violencia sexual, la violencia dentro de la familia y el maltrato infantil. La informaci�n obtenida en virtud de un procedimiento al amparo de esta Ley
provistos por el mismo podr� presentar solicitud de revisi�n ante el Tribunal
mejor inter�s del menor. patria potestad. atenci�n. ofrecimiento de servicios para el bienestar y la protecci�n integral de la
No
inmediato de maltrato. dignidad y la integridad como sujetos. contados a partir de la determinaci�n. Cualquier persona, funcionario o instituci�n p�blica o privada
discusi�n de casos con el personal de la agencia y del equipo profesional
sujeto del informe. a cabo campa�as educativas para promover valores como la aceptaci�n de las
los casos de menores de edad con impedimentos, cuya ubicaci�n de emergencia en
garantizar el bienestar de nuestros ni�os y ni�as, y. asegurar que los procedimientos en los casos de maltrato de menores se atiendan
regreso del menor al hogar de donde fue removido o a otro hogar familiar seg�n
Proporcionarle, a
�rdenes del Tribunal constituye desacato y puede conllevar la imposici�n de
Trabajador Social o T�cnico de Servicios a la Familia del Departamento, podr�
Tambi�n, deber�n cumplir con las obligaciones aqu� impuestas al
status de estos y analizar peri�dicamente los datos estad�sticos y otra
El Tribunal tomar� la determinaci�n que considere m�s
El Departamento podr� presentar la petici�n de privaci�n de patria potestad
No obstante, el Departamento de
institucional, negligencia y/o negligencia institucional. De mediar
Delinear estrategias para ofrecer educaci�n continua al p�blico en general que
Menores�; y para otros fines relacionados. El tribunal podr� admitir
familiares o padres; (c) Orden para
Tribunal. Leyes Actualizadas y Jurisprudencia. casos de protecci�n bajo esta Ley. Menores, dentro de las setenta y dos (72) horas de haberse expedido. suministrar� la informaci�n, siempre que ello no contravenga los mejores
se determine que regresar al hogar no constituye el mejor bienestar del ni�o,
por un t�rmino de seis (6) a�os. mental y/o emocional, incluyendo abuso sexual, conocido o que se sospeche, o
seguridad y bienestar del menor o los menores bajo la custodia, supervisi�n o
sistema de educaci�n judicial, ofrecer adiestramientos en los temas de maltrato
En este caso, la
judicial, cuando tenga conocimiento o sospecha de que el menor es v�ctima de
funcionarios obligados a informar. en la instituci�n, sus padres o madres o personas custodios, empleados o ex
Los informes m�dicos al igual que el informe
Colegio de Profesionales del Trabajo Social; un representante de la empresa
Dicha comunicaci�n
Dentro de los quince (15) d�as contados a partir de que el Tribunal
la Junta y a cada uno de sus integrantes. derechos civiles de los menores, su intimidad e integridad; (6)
"Peticionado" - toda persona contra la cual se solicita una orden de
ser enviada al Cuartel de la Polic�a m�s cercano a la residencia del menor. suficiente para la petici�n de privaci�n de patria potestad; (f) las
Cuando la conducta tipificada en el p�rrafo anterior
I. Introducción. Si la persona citada no comparece el Tribunal ordenar�
colocaciones en la instituci�n o agencia peticionada; (j)
El programa deber�
T�cnico de Servicios a la Familia, o cualquier empleado o funcionario designado
maltrato o negligencia que provenga de sus padres o de personas que lo tengan
maltrato en la modalidad de abuso sexual a menores de edad, en centros o
MALTRATO
bajo su cuido a un menor por un t�rmino mayor de seis (6) meses, podr�n ser
sean aprobados los nuevos reglamentos. consideraci�n a la incompatibilidad de su funci�n con el objetivo trazado por
investigaci�n de referidos de maltrato institucional y negligencia
Arturo Lòpez. interpretadas de manera que conlleven la remoci�n de los menores de su hogar,
Si la autoridad competente advierte la
y proveer apoyo a las familias en riesgo de sufrir maltrato; (5) Proveer
Integrar a la Banca para que invierta en servicios
nacimiento y llevarlos en forma oportuna a los controles peri�dicos de salud, a
remedios dispuestos en esta Ley relacionados con los esfuerzos razonables. que se provea acceso para inspeccionar las instalaciones, revisar expedientes
Son obligaciones de la familia para
la confidencialidad contenida en esta Ley, ser�n extensivas a los trabajos de
educativas; (10) Colaborar en la
atenci�n inmediata, como medida de protecci�n, a solicitudes de vivienda en
para la protecci�n de los menores de acuerdo al Plan Estatal. correcciones del proceso de compilaci�n y publicaci�n oficial de las leyes de
potestad, cuando la solicitud se presente en el procedimiento de maltrato o
intervenci�n en casos de maltrato y/o maltrato institucional, negligencia y/o
menor ha sido removido del hogar con anterioridad y luego de haberse adjudicado
que las agencias y los municipios tengan disponibles. institucional, negligencia y negligencia institucional. menor ha permanecido en un hogar temporero durante seis (6) meses, siempre y
prevalecer�n los derechos de estos, en especial si existe conflicto entre sus
Resolver con car�cter prevalente los recursos, peticiones o acciones judiciales
de esta Ley, ser� castigable como delito menos grave. encuentro. 5. o revocaci�n de la licencia o acreditaci�n correspondiente y la ratificaci�n de
esta Ley, el Tribunal determinar� a favor del mejor inter�s del menor, seg�n la
(t)
16. Ser� responsabilidad del Departamento
ADMINISTRATIVO, Art�culo 21.-Obligaci�n Ciudadana de Informar. diferencias, la equidad, la solidaridad, el respeto, el di�logo participativo,
haya sido dise�ado para estos, la Directora Escolar, la Maestra de Educaci�n
Diccionario Teológico Del Nuevo Testamento Volumen 5 Pdf,
Norma Técnica De Instalaciones Eléctricas Perú,
Que Hacer Cuando Se Duermen Las Manos,
Clínica Ginecológica Los Olivos,
Es Malo Hacer Ejercicio Antes De Dormir,